Río Guadiamar.
Tramo: tramo del río Guadiamar incluido dentro del Paisaje Protegido Corredor Verde del Guadiamar, desde la zona de confluencia del río Agrio con el río Guadiamar hasta el límite con el Parque Natural de Doñana en la zona de Entremuros.
Régimen: Agua libre sin muerte para barbo.
Período hábil: Todo el año, salvo el período comprendido entre marzo y junio (ambos incluidos).
Cebos permitidos: Artificiales sin muerte.
Cupo capturas: todas las capturas de barbo se devolverán inmediatamente a las aguas. Se prohibe la pesca del cangrejo rojo en todo el tramo y durante todo el año. Para el resto de especies se estará a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la presente Orden.
A efectos de la práctica de la pesca se consideran aguas ciprinícolas
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